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jueves, 13 de octubre de 2011

artículo de prensa publicado en Faro de Vigo, 11 junio 2011

RECURSOS HUMANOS Y PREVENCION DE RIESGOS PSICOSOCIALES


La prevención se define como el conjunto de actividades o medidas adoptadas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. La obligación en el contrato de trabajo es garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. No sólo en la pequeñas empresas, sino en las de mayor estructura productiva la exposición a los factores psicosociales en el trabajo es un asunto cuyo desconocimiento y falta de preocupación por parte de los departamentos de recursos humanos (RR.HH) y los servicios de prevención y salud laboral lleva en muchos casos a provocar bajas por enfermedad en el trabajo derivadas de factores psicosociales. Se estima que entre el 50% y 60% de las jornadas de trabajo perdidas guardan algún tipo de relación con enfermedades psicosociales (P.ej. estrés, ansiedad y depresión). Además del absentismo, se pierde capital humano, profesionales cualificados y disminuye la productividad y calidad en el trabajo: Están tirando piedras contra su propio tejado. Los riesgos psicosociales recogidos, entre otros, en la propia Organización Internacional del Trabajo, O.I.T. son los que derivan de la organización del trabajo y de su entorno. La Directiva Europea 89/391/CEE menciona expresamente que el empresario debe hacer la evaluación de todos los riesgos que no puedan ser evitados. Y el artc.15.1.d) de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece como principio general el de “adaptar el trabajo a la persona”. Y es aquí donde debe incidir el departamento de RR.HH., que muchas veces pone mayor interés por el funcionamiento técnico y económico que por el factor humano. De qué vale la credibilidad que  les “otorgan” algunas consultorías especializadas en recursos humanos concediendo  distinciones a determinadas empresas cuando lo que éstas deberían hacer de verdad es efectuar una auténtica evaluación de riesgos, eficaz, tendente a eliminar y promover prácticas saludables para los trabajadores  y  establecer protocolos de actuación bien definidos  incorporándolos  en los convenios colectivos. El deber elemental de protección de bienes jurídicos, y entre estos la salud,  es muy superior al interés productivo de la empresa. Algunos departamentos de RR.HH. parecen haber olvidado esta elemental norma ética.



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